SUBVENCIONES A PROYECTOS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
SUBVENCIONES A PROYECTOS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

SUBVENCIONES A PROYECTOS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

Saturday August 19th 2017

El Consejo de Ministros aprobó el pasado mes de junio, el Real Decreto 616/2017 por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.

Estas subvenciones, por importe total de 336 millones de euros, se concederán por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y podrán beneficiarse de ellas, aquellos municipios o agrupaciones de municipios cuya población sea inferior a 20.000 habitantes, así como Ceuta y Melilla.

Para obtener la ayuda, los municipios deberán reducir las emisiones de dióxido de carbono mediante la ejecución de proyectos singulares de ahorro y eficiencia energética y uso de energías renovables.

EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LA EDIFICACIÓN Y EN LAS INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Con respecto a este objetivo el Real Decreto contempla una serie de medidas:

·       Rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios municipales existentes

·       Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios municipales existentes

·       Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios municipales existentes

·       Mejora de la eficiencia energética en instalaciones eléctricas de edificios municipales existentes

·       Mejora de la eficiencia energética mediante la utilización de TIC en las ciudades (Smart Cities)

·       Renovación de las instalaciones de alumbrado, iluminación y señalización exterior

·       Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de potabilización, depuración de aguas residuales y desalación

MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE

El segundo de los objetivos contemplados en el Real Decreto hace referencia al transporte urbano limpio, al transporte colectivo, a la conexión urbana-rural, a las mejoras de la red viaria, al transporte ciclista y al desarrollo de sistemas de suministro de energías limpias.

Así, en este apartado, se contempla como principal medida la implantación de Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) o planes directores de movilidad.

USO DE ENERGÍAS RENOVABLES

Este tercer objetivo persigue aumentar el uso de las energías renovables para producción de electricidad y usos térmicos en edificación y en infraestructuras públicas, en particular favoreciendo la generación a pequeña escala en puntos cercanos al consumo.

 

Con este fin, las subvenciones podrán destinarse a proyectos que incluyan las siguientes medidas:

·       Instalaciones solares térmicas destinadas a aplicaciones de calor y frío

·       Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica para aplicaciones térmicas

·       Instalaciones para el uso térmico de la biomasa

·       Redes de distribución de fluidos térmicos, instalaciones de producción de frío, equipos de depuración de gases, siempre y cuando estén asociados al uso térmico de biomasa, de biogás o de CDR/CSR (acciones complementarias a instalaciones existentes)

·       Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo del biogás

·       Instalaciones para el uso térmico de CDR y CSR

·       Instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a la generación de energía eléctrica para autoconsumo (conectadas a red y aisladas)

·       Instalaciones eólicas de pequeña potencia dirigidas al autoconsumo eléctrico (conectadas a red y aisladas)

·       Instalaciones de aprovechamiento de la energía aerotérmica o hidrotérmica mediante bombas de calor.

MODALIDAD Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS

El porcentaje de cofinanciación FEDER a recibir será el que esté asignado a la región en la que se encuentre el proyecto, y podrá ser bien del 50%, el 80% o el 85% en función de la clasificación de la región.

Las Entidades Locales deberán financiar la actuación y percibirán la cofinanciación FEDER una vez la actuación esté concluida. En función de las disponibilidades presupuestarias, se prevé la posibilidad de dotar anticipos de hasta el 40% sobre la ayuda otorgada, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el art 131, punto 4 del Reglamento UE 1303/2013 de disposiciones comunes.

En esta primera convocatoria se ha establecido un presupuesto total de 336 millones de euros que se distribuyen por CC.AA. y objetivo específico.

Con el fin de evitar una excesiva concentración de los fondos a favor de un mismo ayuntamiento, se ha fijado un límite de 5 millones de euros por ayuntamiento.

PROCEDIMIENTO

La concesión de las subvenciones se realizará por el procedimiento de concurrencia simple, otorgándose por orden de registro de solicitud a todos aquellos solicitantes que tengan derecho, hasta agotar el presupuesto disponible o llegar a la fecha de vigencia del programa, establecida en el 31 de diciembre de 2018. Toda la tramitación será telemática a través de una aplicación específica accesible desde la Sede Electrónica del IDAE.

Plazos de presentación y vigencia del programa

Las solicitudes se podrán presentar a partir del día 18 de julio de 2017, hasta el 31 de diciembre de 2018 o agotamiento del presupuesto disponible.

Para cualquier duda o aclaración, los interesados pueden dirigirse al Servicio de Información al Ciudadano en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través del correo ciudadano@idae.es o el teléfono 913 146 673

Las ayudas del Fondo FEDER pretenden contribuir activamente a la sostenibilidad ambiental mediante la reducción del nivel de emisiones de CO2, así como a la cohesión social y mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en los edificios y espacios urbanos.

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